Solicita la prórroga para reexportar las mercancías importadas temporalmente mediante un Cuaderno ATA
Antes del vencimiento del plazo de seis meses de la importación temporal, las asociaciones garantizadoras del Cuaderno ATA, a petición del importador, pueden presentar la solicitud de autorización de la prórroga del plazo de estancia de las mercancías importadas temporalmente al amparo de un Cuaderno ATA.
¿Quiénes lo presentan?
La asociación garantizadora del Cuaderno ATA en México, a petición del portador del mismo Cuaderno ATA.
Costo
Trámite gratuito
¿Cuándo se presenta?
Antes del vencimiento del plazo de seis meses de la importación temporal.
Fundamento Legal
Ley Aduanera artículo 107.
Reglas Generales de Comercio Exterior 1.2.2. y 3.6.2., vigentes.
- Ingresa solicitud ante la Oficialía de partes de la Administración Central de Apoyo Jurídico de Auditoría de Comercio Exterior, ubicada en Avenida Hidalgo número 77, Módulo III, planta baja, colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de 8:00 a 14:30 horas.
- Entrega la documentación a la autoridad encargada del trámite.
- Recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.
- Espera la resolución a tu solicitud, misma que será notificada por buzón tributario, en su caso personalmente o por correo certificado en el domicilio señalado para oír y recibir notificaciones; o a las personas autorizadas para esos efectos.
- Si tienes dudas podrás enviar un correo electrónico: a la siguiente dirección autorizacionesacajace@sat.gob.mx.
Información adicional
Presenta un escrito libre y, cumple con los requisitos que establece la ficha de trámite 77/LA “Solicitud de autorización de prórroga del plazo de estancia de mercancías importadas temporalmente al amparo de cuadernos ATA.” del Anexo 2 de las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes.
•Nombre, denominación o razón social, y el domicilio fiscal.
•Autoridad a la que se dirige y el objetivo de tu solicitud.
•Números telefónicos del contribuyente y el de las personas que están autorizadas.
•Domicilio para oír y recibir notificaciones.
•Señala los nombres, direcciones y el RFC o número de identificación fiscal si se trata de residentes en el extranjero, de todas las personas involucradas en tu solicitud.
•Describe las actividades a las que te dedicas.
•Indica el monto de la operación.
•Señala los hechos y circunstancias de tu promoción.
•Describe el motivo de tu solicitud.
•Indica si los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción han sido previamente planteados ante la misma autoridad u otra distinta o han sido materia de medios de defensa ante autoridades administrativas o jurisdiccionales y, en su caso, el sentido de la resolución.
•Indica si te encuentras sujeto al ejercicio de las facultades de comprobación, señalando los periodos y las contribuciones, objeto de la revisión.
•Expresa si te encuentras dentro del plazo para que las autoridades fiscales emitan la resolución a que se refiere el artículo 50 del Código Fiscal de la Federación.
•Presenta copia de la identificación oficial del representante legal de la asociación garantizadora y expedidora del Cuaderno ATA autorizada.
•Adjunta copia simple del documento con el que acredites tu personalidad como representante legal de la asociación garantizadora y expedidora del Cuaderno ATA autorizada.
IMPORTANTE: La solicitud sólo la pueden tramitar las asociaciones garantizadoras o expedidoras de Cuadernos ATA en México.
Documentos que obtienes
- Oficio de resolución
¿Dónde se presenta?
Debes presentar la solicitud ante la Oficialía de Partes de la Administración Central de Apoyo Jurídico de Auditoría de Comercio Exterior, ubicada en Avenida Hidalgo número 77, módulo 3, planta baja, Col. Guerrero, 06300, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de atención de 8:00 a 14:30 horas.
Recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.
Espera la resolución a tu solicitud, misma que será notificada
por Buzón Tributario.
autorizacionesacajace@sat.gob.mx
Requisitos
- Escrito libre.
- Cuaderno ATA objeto de la solicitud.
- Cuaderno ATA sustituto (en su caso).
- Copia para cotejo del documento con el que acredites tu personalidad como representante legal de la asociación garantizadora y expedidora del Cuaderno ATA autorizada.
- Carta del portador del Cuaderno ATA dirigida a la asociación garantizadora, en la cual solicita la prórroga.