Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que deseen solicitar, renovar, modificar o cancelar los certificados de comunicación para el envío de reportes para FATCA y CRS.

Costo

Trámite gratuito.

¿Cuándo se presenta?

Cuando la Institución Financiera Sujeta a Repoortar lo requiera.

Fundamento Legal

  • Artículos 17-D, 17-H, 32-B, fracción V y 32-B Bis del Código Fiscal de la Federación.
  • Artículos 7, tercer párrafo, 55, fracciones I y IV, 56, 86, fracción I, 89, segundo párrafo, 136, último párrafo y 192, fracción VI de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
  • Artículos 92, 93 y 253, fracción I, último párrafo del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
  • Reglas 2.2.13. y 3.5.8. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
  • Anexos 25 y 25-Bis contenidos en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal.
 
En línea
  1. Presenta tu trámite a través del buzón tributario.
  2. Recibe y conserva tu acuse de recibo y folio de trámite para seguimiento.

Información adicional

Documentos que obtienes

Requisitos

  1. En el caso de solicitud y/o renovación de certificados: a) Nombre, RFC y GIIN de la Institución Financiera Sujeta a Reportar, canal de comunicación solicitado (Web Service, SFTP o SOCKET) y tipo(s) de certificado(s) (para ambiente de pruebas y/o productivo). b) Formato de designación del personal responsable de la comunicación ante el SAT debidamente requisitado, adjuntando identificación oficial vigente y documento con el que se acredite que el personal responsable de la comunicación ante el SAT labora en la Institución Financiera Sujeta a Reportar, en formato PDF. c) Formato de solicitud de canal de comunicación debidamente requisitado, adjuntando la información y documentación correspondiente al canal de comunicación solicitado (Web Service, SFTP o SOCKET).
  2. En el caso de cancelación de certificados:Nombre, RFC y GIIN de la Institución Financiera Sujeta a Reportar, canal de comunicación respecto del cual se solicita la cancelación.
  3. En el caso de modificación del personal responsable: a) Nombre, RFC y GIIN de la Institución Financiera Sujeta a Reportar. b) Formato de designación del personal responsable de la comunicación ante el SAT debidamente requisitado, adjuntando identificación oficial vigente y documento con el que se acredite que dicho personal responsable labora en la Institución Financiera Sujeta a Reportar, en formato PDF.
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