Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas y morales no inscritas en el RFC que deban llevar a cabo el pago de adeudos fiscales.
 

Costo

Trámite gratuito

¿Cuándo se presenta?

En el momento que lo requieras.

Fundamento Legal

Código Fiscal de la Federación, Artículos: 2, 4, 6, 17-A, 18, 20, 21, 31 párrafos primero y segundo, y 65.
Resolución Miscelánea Fiscal vigente, Anexo 1-A, ficha de trámite 58/CFF.
 
Presencial
  1. Acude a la Administración Desconcentrada de Recaudación que controla tu adeudo fiscal o a la más cercana a tu domicilio.
  2. Entrega el escrito libre y la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe tu acuse y espera respuesta por parte de la autoridad.

Información adicional

Documentos que obtienes

¿Dónde se presenta?

Compromiso de servicio

Requisitos

  1. Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2 Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal.
  2. En caso de representación legal, copia certificada y copia del documento con el que se acredite la representación.
  3. Escrito libre dirigido a la autoridad donde se precise el o los números de resolución (es) y la autoridad que determinó el o los créditos fiscales.
x OrientaSAT