Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Los emisores autorizados para emitir monederos electrónicos de combustibles.

Costo

Trámite gratuito.

¿Cuándo se presenta?

Dentro de los 20 días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la notificación del oficio de opinión técnica final de la verificación y, en su caso, dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la notificación del oficio de resultado de la valoración de la documentación e información presentada.

Fundamento Legal

  • Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 27 fracción III.
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente, regla 3.3.1.42.
  • Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, ficha de trámite 148/ISR.
Presencial

Documentos que obtienes

¿Dónde se presenta?

Requisitos

  1. Escrito libre y 2 copias, el cual debe ser suscrito por el representante o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa, mismo que debe ser dirigido a la Administración General Jurídica/Administración Central de Normatividad en Impuestos Internos.
  2. Oficio de opinión técnica final de la verificación de requisitos y obligaciones y su acta de notificación.
  3. Adjuntar en medios digitales (disco compacto, memoria USB, entre otros), la documentación, registros e información con los que pretendas solventar el o los incumplimientos detectados en la verificación de requisitos y obligaciones efectuada por la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control.
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