Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad Comercializadora e Importadora
El registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad Comercializadora e Importadora es una figura dirigida a aquellas empresas que realizan operaciones de importación de carácter definitivo y mediante la cual te permite obtener diversas facilidades administrativas aplicables a tus operaciones de comercio exterior.
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¿Quiénes lo presentan?
Personas morales que realicen importaciones de carácter definitivo y que deseen obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad Comercializadora e Importadora.
Costo
$38,797.00
¿Cuándo se presenta?
En el momento que lo requieras
Fundamento Legal
- Ley Aduanera, Artículo 100-A
- Reglas Generales de Comercio Exterior, reglas 7.1.1. y 7.1.4, Apartado A
- Ingresa al portal de Ventanilla Única.
- Identifícate con la e.firma de la empresa.
- Selecciona el ícono "Trámites" del menú de usuario.
- Elige la sección denominada "SHCP" del apartado "Dependencia de Gobierno SHCP"
- Selecciona "Solicitud de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas" y elige “Registros de Comercio Exterior” seguido de “Solicitud de Certificación, modalidad Comercializadora e Importadora.
- Proporciona la información que se requiera en los apartados correspondientes.
- Adjunta los archivos que te sean solicitados.
- Revisa la información de tu solicitud.
- Firma la solicitud de inscripción con el RFC y con la e.firma de la empresa.
- Obtén tu acuse de recepción.
Información adicional
Para emitir la resolución a tu solicitud de inscripción, la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE) cuenta con un plazo de hasta 60 días hábiles y, en su caso, te puede requerir por única ocasión, otorgándote un plazo de 15 días hábiles para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos.
El plazo de 60 días se computa a partir de que se tengan cubiertos en su totalidad los requisitos establecidos.
En caso de que la resolución sea favorable, la vigencia del registro será por dos años y se puede renovar siempre y cuando presentes el formato denominado "Solicitud para la inscripción en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas y aviso para su renovación" dentro de los treinta días hábiles previos al fin de la vigencia de tu registro.
El costo para tu trámite de inscripción, renovación y la anualidad por el segundo año de vigencia en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas, modalidad Comercializadora e Importadora es de $38,797.00
Documentos que obtienes
- Acuse de recepción de trámite
- Oficio de requerimiento o resolución a su solicitud de inscripción
Requisitos
- Estar constituida conforme a la legislación mexicana
- Estar al corriente de tus obligaciones fiscales y aduaneras, así como autorizar al SAT hacer pública la opinión positiva.
- No debes encontrarte en los listados de empresas incumplidas, con operaciones inexistentes o contribuyentes que transmitieron indebidamente el derecho a disminuir pérdidas fiscales, publicadas por el SAT.
- Es necesario contar con certificados de sellos digitales vigentes, para expedir comprobantes fiscales digitales, así como no encontrarse en alguno de los supuestos del artículo 17-H Bis del CFF, durante los últimos doce meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
- Declarar todos los establecimientos registrados ante tu RFC y señalar aquellos en los que realices actividades económicas o de comercio exterior.
- Es necesario contar con medios de contacto actualizados, para efectos del Buzón Tributario.
- Encontrarte inscrito en el Padrón de Importadores, en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o en el Padrón de Exportadores Sectorial y no encontrate suspendido.
- Es necesario contar con clientes y proveedores en el extranjero para lo cual debes anexar un archivo que contenga el nombre y dirección de tus clientes y proveedores vinculados directa o indirectamente con el régimen aduanero con el que solicitas la certificación y con los que hayas operado durante los últimos 12 meses; recuerda hacer distinción de cuáles son clientes y cuáles son proveedores y, en su caso, si tienen los dos roles, debes declararlos en ambos.
- En caso de contar con proveedores de insumos nacionales debes presentar un archivo que contenga el nombre y RFC de tus proveedores de los últimos seis meses. En caso de no contar con proveedores nacionales, debes manifestarlo en un escrito libre.
- Debes contar con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles en donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios que realices, para lo cual debes adjuntar la documentación que ampare la propiedad, legal uso o goce de las instalaciones, la cual debe tener al menos un año de vigencia y le debe restar una vigencia de al menos ocho meses, a partir de la fecha en que presentes tu solicitud.
- El SAT no debe haber interpuesto querella o denuncia penal en contra de tus socios o accionistas, representante legal o integrantes de la administración, o, en su caso, declaratoria de perjuicio, durante los últimos tres años anteriores a la presentación de tu solicitud.
- Contar con un control de inventarios actualizado y automatizado.
- Llevar la contabilidad en medios electrónicos e ingresarla mensualmente a través del Portal del SAT.
- Los socios o accionistas, representante legal con facultad para actos de dominio y los que realicen trámites ante el SAT e integrantes de la administración deben estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o en su caso, presentar la documentación con la que acredites que no se encuentran obligados a tributar en el país.
- Los socios o accionistas según corresponda, representantes legales con facultad para actos de dominio e integrantes de la administración no deben encontrarse vinculados con alguna empresa a la que se le hubiere cancelado su registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
- Haber realizado el pago de derechos correspondiente.
- Designar empresas transportistas autorizadas para efectuar el traslado de las mercancías de comercio exterior.
- No debes contar con un Programa IMMEX.
- Haber realizado importaciones por un valor aduana no menor a $300’000,000.00 en el semestre inmediato anterior a la fecha en que presentes la solicitud.