Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Personas Morales (maquiladoras) residentes en el país que enajenen bienes muebles e inmuebles.

Costo

Ninguno

¿Cuándo se presenta?

Durante el mes de enero del año siguiente a aquel en que se efectuó la enajenación de bienes muebles e inmuebles.

Fundamento Legal

  • Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículo 181, segundo párrafo, fracción II.
  • Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, regla 3.20.2
 
 
Iniciar
En línea
Presencial
  1. Ingresa a tú buzón tributario o a tú Portal del SAT.
  2. Adjunta n forma digitalizada la forma oficial 92, debidamente requisitada.
  3. Imprime tú acuse de presentación.

Documentos que obtienes

Requisitos

  1. Archivo electrónico que contenga: • Manifestación de la razón de negocios que dio origen a la enajenación de bienes muebles e inmuebles. • El importe total de la operación de enajenación de bienes muebles e inmuebles. • El porcentaje que esta operación representa del total de los ingresos por la operación de maquila del mismo ejercicio. • Documentación correspondiente a la enajenación de bienes muebles e inmuebles y aquélla que demuestre que el contribuyente utilizó esos bienes para la operación de maquila.

Documentos que obtienes

¿Dónde se presenta?

x OrientaSAT