Solicita autorización para importar mercancías por única vez, sin estar inscrito en el Padrón de Importadores.
Las personas físicas pueden solicitar la autorización para importar mercancías por única vez sin estar inscritas en el Padrón de Importadores, de manera presencial o en línea.
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¿Quiénes lo presentan?
Las personas físicas.
Costo
Gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Previo a la importación de la mercancía.
Fundamento Legal
- Artículo 59, fracción IV de la Ley Aduanera.
- Reglas 1.2.1. y 1.3.6. de las Reglas Generales de Comercio Exterior.
- Formato A5 del Anexo 1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior.
- Da clic en el botón “Iniciar”.
- Ingresa con tu clave en el RFC y Contraseña, o bien, mediante el uso de tu e.firma portable o e.firma.
- Acepta los términos y condiciones.
- Selecciona "Autorizaciones"
- Selecciona la modalidad “Importación por única vez, sin estar inscrito en el padrón”.
- Captura los datos que te solicita el trámite.
- Anexa la documentación e información correspondiente a tu trámite.
- Firma y envía el trámite con tu e.firma.
- Obtén tu acuse de recibo.
Información adicional
1. La resolución se emite en un plazo no mayor a tres meses, contados a partir de la fecha en que se haya presentado la solicitud debidamente llenada junto con la documentación correspondiente, siempre y cuando no medie requerimiento de información, y documentación adicional.
2. Para cualquier duda sobre los requisitos o el llenado del formato A5 del Anexo 1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, así como cualquier consulta sobre las solicitudes presentadas, puedes obtener información en el Portal del SAT o comunicate a MarcaSAT 55 627 22 728 y al teléfono 555 802 1335.
3. En ningún caso se otorgará más de una autorización en un mismo ejercicio fiscal.
Requisitos
1. Escrito libre en el que manifiestes:
- Nombre del Importador y domicilio fiscal.
- Autoridad a la que se dirige y el objetivo de tu solicitud.
- Números telefónicos del importador y el de las personas que están autorizadas para oír y recibir notificaciones.
- Domicilio para oír y recibir notificaciones.
- Señala los nombres, direcciones y la clave en el RFC o número de identificación fiscal, si se trata de residentes en el extranjero, de todas las personas involucradas en tu solicitud.
- Describe las actividades a las que te dedicas.
- Indica el monto de la operación.
- Señala los hechos y circunstancias de tu promoción, y acompaña los documentos e información necesarios.
- Describe el motivo de tu solicitud.
- Indica si has presentado esta solicitud ante la misma autoridad u otra distinta, o si ha sido materia de medios de defensa, precisa el sentido de la resolución.
- Indica si te encuentras sujeto a revisión por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por las Entidades Federativas coordinadas en ingresos federales, señalando los periodos y contribuciones objeto de la revisión. Asimismo, debes mencionar si te encuentras dentro del plazo para que las autoridades fiscales emitan la resolución a que se refiere el artículo 50 del Código Fiscal de la Federación.
2. Formato A5 "Autorización a personas físicas para importar mercancía por única vez, sin estar inscritas en el Padrón de Importadores, (Regla 1.3.6.)", el cual se encuentra en el Anexo 1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior.
3. Comprobante de domicilio.
4. Documento equivalente que ampare la propiedad de la mercancía a importar. Si la información se encuentra en idioma distinto al español, anexar traducción de la misma.
5. Poder notarial donde se faculte al representante legal para realizar actos de administración.
6. Identificación oficial del representante legal y de la persona física que presente la solicitud.
7. Estar al corriente en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo de promoción.
- En su caso, oficio de autorización por el que se solicita a la Dirección General de Operación Aduanera se permita la importación de la mercancía sin estar inscrito en el Padrón de Importadores.
- Acude con la documentación del trámite ante la Oficialía de Partes de la Administración Central de Normatividad en Comercio Exterior.
- Entrega la documentación a la autoridad encargada del trámite.
- Recibe y conserva el escrito libre sellado como acuse de recibo.
Información adicional
1. La resolución se emite en un plazo no mayor a tres meses, contados a partir de la fecha en que se haya presentado la solicitud debidamente llenada junto con la documentación correspondiente, siempre y cuando no medie requerimiento de información, y documentación adicional.
2. Para cualquier duda sobre los requisitos o el llenado del formato A5 del Anexo 1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, así como cualquier consulta sobre las solicitudes presentadas, puedes obtener información en el Portal del SAT o comunicate a MarcaSAT 55 627 22 728 y al teléfono 555 802 1335.
3. En ningún caso se otorgará más de una autorización en un mismo ejercicio fiscal.
Requisitos
1. Escrito libre en el que manifiestes:
- Nombre del Importador y domicilio fiscal.
- Autoridad a la que se dirige y el objetivo de tu solicitud.
- Números telefónicos del importador y el de las personas que están autorizadas para oír y recibir notificaciones.
- Domicilio para oír y recibir notificaciones.
- Señala los nombres, direcciones y la clave en el RFC o número de identificación fiscal, si se trata de residentes en el extranjero, de todas las personas involucradas en tu solicitud.
- Describe las actividades a las que te dedicas.
- Indica el monto de la operación.
- Señala los hechos y circunstancias de tu promoción, y acompaña los documentos e información necesarios.
- Describe el motivo de tu solicitud.
- Indica si has presentado esta solicitud ante la misma autoridad u otra distinta, o si ha sido materia de medios de defensa, precisa el sentido de la resolución.
- Indica si te encuentras sujeto a revisión por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por las Entidades Federativas coordinadas en ingresos federales, señalando los periodos y contribuciones objeto de la revisión. Asimismo, debes mencionar si te encuentras dentro del plazo para que las autoridades fiscales emitan la resolución a que se refiere el artículo 50 del Código Fiscal de la Federación.
2. Formato A5 "Autorización a personas físicas para importar mercancía por única vez, sin estar inscritas en el Padrón de Importadores, (Regla 1.3.6.)", el cual se encuentra en el Anexo 1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior.
3. Comprobante de domicilio.
4. Documento equivalente que ampare la propiedad de la mercancía a importar. Si la información se encuentra en idioma distinto al español, anexar traducción de la misma.
5. Poder notarial donde se faculte al representante legal para realizar actos de administración.
6. Identificación oficial del representante legal y de la persona física que presente la solicitud.
7. Estar al corriente en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo de promoción.
- En su caso, oficio de autorización por el que se solicita a la Dirección General de Operación Aduanera se permita la importación de la mercancía sin estar inscrito en el Padrón de Importadores.
¿Dónde se presenta?
En la Oficialía de Partes de la Administración Central de Normatividad en Comercio Exterior ubicada en Av. Hidalgo núm. 77, módulo 1, Col. Guerrero, 06300, Alc. Cuauhtémoc, Ciudad de México, o utilizar los servicios del Servicio Postal Mexicano (SEPOMEX) como los de las empresas de mensajería.