Trámites y servicios Para personas físicas

Régimen de Sector Primario

Las actividades de éste régimen están relacionadas con la obtención directa de los recursos naturales.
 
Esto es lo que debes conocer sobre el Régimen de Sector primario y las actividades que pertenecen a este: agricultura, ganadería, pesca y silvícolas.
 
Puedes pertenecer a este régimen, si eres una persona moral que se ubica en uno de los siguientes supuestos:
  • Persona moral, sociedad cooperativa de producción, o persona moral de derecho agrario (ejidos, comunidades, sociedades rurales, entre otros) dedicadas exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas o silvícolas.
  • Persona moral o sociedad cooperativa de producción dedicada exclusivamente a actividades pesqueras.
Se considera que te dedicas exclusivamente a actividades del sector primario cuando tus ingresos por dicho sector representan cuando menos 90% del total, lo anterior, sin incluir las ventas realizadas de terrenos, maquinaria o automóviles pertenecientes a tu activo fijo.
 
Beneficios del régimen:

• No pagas impuesto sobre la renta (ISR) hasta por un monto anual de 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA) elevadas al año, por cada uno de tus socios o asociados.
• En tus declaraciones provisionales puedes aplicar una reducción de 30% en el ISR determinado.
• Puedes obtener tu devolución de saldos a favor del IVA en un plazo máximo de 20 días hábiles.
• Puedes optar por presentar tus declaraciones provisionales de forma mensual o semestral.
• Puedes deducir la suma de los gastos que realices por concepto de mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimentación de ganado y gastos menores, hasta por 10% del total de sus ingresos propios, sin exceder de 800 mil pesos durante el ejercicio.
• Puedes considerar la retención de 4% del ISR para los trabajadores eventuales del campo, siempre que los pagos efectuados no excedan al día de 750 pesos en la zona libre de la frontera norte y 498 pesos en el resto del país.
• Puedes deducir hasta 15% del total de combustible adquirido para consumo, pagados de forma distinta a la indicada, siempre y cuando cumplas con tus obligaciones fiscales.
• Puedes presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) en los mismos plazos en los que realices los pagos provisionales del ISR mensual o semestral.
 
Conoce las deducciones que corresponden a tu régimen
 
Una deducción es el derecho que tienes como contribuyente de disminuir ciertos gastos de tus ingresos acumulables para obtener una utilidad fiscal.
 
Las deducciones autorizadas del régimen son:
1. Los gastos.
2. Las inversiones.
3. Las devoluciones, descuentos y bonificaciones.
4. Las adquisiciones de mercancías, así como materias primas.
5. La mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimentación de ganado y gastos menores.
6. Adquisición de combustible pagado en efectivo siempre y cuando no excedan de 15% del total de pagos hechos por consumo de combustible conforme a la obligación establecida en el artículo 27, fracción III, segundo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
 
Las personas morales pertenecientes al sector primario pueden cumplir con las obligaciones fiscales de sus integrantes.
 
Obligaciones del régimen
 
• Inscríbete y obtén tu Registro Federal de Contribuyentes.
• Expide factura electrónica cada vez que vendas algo o realiza una factura global por las ventas que realices al público en general.
• Presenta tus declaraciones provisionales.
• Presenta la información del IVA, de las operaciones realizadas con tus proveedores.
• Presenta tu declaración anual.
• Presenta la declaración y el pago provisional de las retenciones de impuesto realizadas a tus trabajadores.
• Presenta la información relacionada con tu contabilidad electrónica.
• Cuando cambies de domicilio, de actividad o requieras modificar la información registrada en el Registro Federal de Contribuyentes, actualiza tus datos desde el Portal del SAT.
 
En caso de que cumplas con las obligaciones fiscales por cuenta de tus integrantes debes presentar por cada uno de ellos:
 
• Las declaraciones provisionales y la declaración anual.
• Llevar un registro por separado de los ingresos, gastos e inversiones, así como de las operaciones que realices por cuenta de cada uno.
• Emitir y recabar la documentación comprobatoria de los ingresos y egresos de las operaciones que realices por cuenta de cada uno.
 
Utiliza las herramientas electrónicas para cumplir con tus obligaciones fiscales, solo necesitas contar con tu Contraseña y e.firma, para enviar tu información desde cualquier equipo de cómputo con conexión a internet:
 
• Servicio gratuito de generación de factura electrónica ofrecido por el SAT.
• Buzón Tributario para el registro de tu contabilidad electrónica.
• Servicio de Declaraciones y Pagos para presentar tus declaraciones provisionales.
• Declaración anual para personas morales.
• Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) para presentar la información correspondiente del IVA.
 
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