Trámites y servicios Para personas físicas

Importadores

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Se entiende por importador, aquella persona física o moral que desea importar mercancías a territorio nacional.
 
La importación de mercancías es aquella operación mediante la cual se regula y fiscaliza en materia tributaria a una mercancía de procedencia extranjera para destinarla a una función  economica de uso, producción o consumo, existen dos tipos de importación: definitivas (Se entiende por régimen de importación definitiva la entrada de mercancías de procedencia extranjera para permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado, Art.96,LA) y temporales (La entrada de mercancías al país para permanecer por tiempo limitado y fin especifico).
 
Una de las obligaciones más relevantes de un importador es estar inscrito en el Padrón de Importadores a cargo del SAT, los requisitos generales que deben cumplirse son estar al corriente en las obligaciones fiscales, acreditar ante las autoridades aduaneras estar inscrito en el RFC, entre otras, lo anterior de conformidad con la Ley Aduanera, artículos 59, fracción IV, 59-A y 59-B.
 
Es importante mencionar que no están obligados a inscribirse aquellos contribuyentes que sus mercancías que se vayan a importar se destinen a sus actividades o se trate de mercancías que no serán objeto de comercialización. Para estos efectos, el contribuyente deberá solicitar mediante promoción por escrito a las autoridades aduaneras, la autorización correspondiente.
 
Para conocer más trámites relacionados con el SAT así como información adicional al tema, consulta el Apartado de Contenidos Relacionados.
 
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