Trámites y servicios Para personas físicas

Conoce las facilidades administrativas para las Asociaciones Religiosas

Conoce las facilidades de las Asociaciones Religiosas
 
Eres una congregación o agrupación que tienen como fin el ejercer culto a una divinidad, esto te interesa.
Al estar inscrita en el RFC como Asociación Religiosa tienes las siguientes facilidades administrativas:
 
- Puedes considerar como deducibles los gastos menores que no excedan de 5,000.00 pesos, aun cuando no cuentes con el comprobante fiscal respectivo, siempre que estas erogaciones no excedan del 5% de tus gastos totales correspondientes al ejercicio inmediato anterior, sean erogadas exclusivamente por miembros de la Asociación Religiosa, se encuentren directamente relacionadas con el desarrollo de la actividad religiosa y se registre su monto y concepto en la contabilidad de la Asociación.
 
- Cuando seas una Asociación Religiosa cuyo domicilio fiscal esté ubicado en localidades con menos de 2,500 habitantes conforme al Catálogo Sistema Urbano Nacional 2012, elaborado por la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de Gobernación y el Consejo Nacional de Población, el cumplimiento de tus obligaciones a que se refiere la resolución de Asociaciones Religiosas para 2018, puede realizarse por conducto de un representante común, que sea nombrado por la entidad o unidad que agrupe o represente a las distintas Asociaciones Religiosas.
 
 
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