Trámites y servicios Para personas físicas

Conoce tus obligaciones como Asociación Religiosa, dentro del Régimen de Personas Morales con fines no lucrativos

Cumple a tiempo.
 
¿Qué obligaciones tienen las iglesias o congregaciones?
Como Asociación Religiosa, tienes las siguientes obligaciones:
 
  • Llevar contabilidad.
 
Tienes la opción de registrar tus ingresos y gastos en “Mis cuentas” y quedar exceptuada de llevar e ingresar de forma mensual tu contabilidad electrónica a través del Portal del SAT, para lo cual deberás presentar un caso de aclaración en el mencionado Portal a más tardar el último día del mes de febrero de 2022.
 
  • Expedir comprobantes por las operaciones que realices, podrás emitir uno simplificado.
 
  • Emitir constancias de retenciones o de pagos por servicios.
 
  • Presentar Declaraciones Informativas
 
  • Realizar las declaraciones de pagos de retenciones
 
  • Habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto
 
A través de la herramienta electrónica Mis Cuentas, puedes registrar tus operaciones de ingresos y gastos y expedir tus facturas electrónicas.
 
La declaración anual de ingresos y gastos, la debes presentar a más tardar el 15 de febrero del ejercicio siguiente al que corresponda, a través del Servicio de Declaraciones, en el formulario 21.
 
Las declaraciones mensuales de retenciones por salarios, honorarios o arrendamiento se deben presentar a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda, en el Servicio de Declaraciones y Pagos y el pago se debe realizar a través de transferencia electrónica de fondos con la línea de captura (que recibirás al enviar la declaración al SAT), en el portal de cualquier banco autorizado. 
 
En caso de que no se habilite el Buzón Tributario, ni se registren o actualicen los medios de contacto, a partir del 30 de abril de 2021, se entenderá que se oponen a la notificación, por lo cual, la autoridad fiscal podrá realizar la notificación por estrados.
 
x OrientaSAT