Devoluciones y compensaciones
Consulte la información y los requisitos para efectuar sus trámites de compensación y devolución de los saldos de contribuciones que tenga a su favor.

Aviso importante
Próximamente ya no será necesario que para las solicitudes de devolución o avisos de compensación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), presente la información de proveedores, arrendadores y prestadores de servicios, en los medios magnéticos establecidos en la regla II.2.3.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, ya que se tomará la información presentada en la DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros), por ello para que sus solicitudes de devolución o avisos de compensación se resuelvan de forma eficaz, debe cuidar que la información de su declaración esté correcta y no presente inconsistencias.
Conozca los principales aspectos a considerar para presentar la DIOT correctamenteDevoluciones
Consulte la información de acuerdo a la manera en que solicitará su devolución.
Compensación
Si compensó saldos a favor o pago de lo indebido de cualquier contribución y va a presentar el aviso de compensación respectivo, seleccione la opción que le corresponda:
Para mayor información consulte el
Catálogo de trámites.